Revocarán mandato a alcaldes que no sigan medidas sanitarias en Oaxaca 

La ley se aplicará a los presidentes municipales que participen y permitan fiestas patronales, calendas, mayordomías, tianguis, baratillos, días de plaza; celebraciones como el Día de Muertos o las tradicionales “muerteadas” en el Valle Eteco.

En agosto pasado, el Congreso del estado aprobó una reforma a la Ley Orgánica Municipal que consiste en la adición de fracciones a los artículos 44, 58, y 61, para que los ayuntamientos y los funcionarios cumplan su gestión en apego a la protección al derecho humano a la salud de sus habitantes.

Deben proteger a la ciudadanía del virus

Los legisladores consideraron en su momento que no se violaría la autonomía de los municipios toda vez que se protegería una de las garantías individuales más importantes como la salud, tal como se encuentra establecido en la adición del Artículo 58.

Mientras que en el Artículo 61, se estableció que los integrantes del Cabildo, quienes toleren y actúen escudados en sus facultades, contraviniendo con ello las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias, podrían ser causal suficiente para la revocación de mandato.

Las reformas fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el pasado 1 de octubre y entró en vigor al día siguiente.