CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Senado aprobó en lo general y en lo particular el dictamen del denominado Plan B de la reforma electoral que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador. Fue aprobado por 68 votos a favor y 52 en contra; ahora la propuesta será devuelta a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Con eso se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; de la Ley General de Partidos Políticos; y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y que expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Entre otros puntos, con esta modificación, “los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de candidatura común. En este caso aparecerá en un mismo recuadro de la boleta electoral el logo o emblema de los partidos que decidan participar en esta modalidad, y los partidos deberán celebrar un convenio de distribución de los votos emitidos”.
Se aprobó una reserva al artículo 87 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentada por la coordinadora de la bancada del PT, Geovanna Bañuelos de la Torre, que establece que cada partido es responsable del ejercicio libre de sus prerrogativas y presentará por sí mismo la comprobación correspondiente, esto aplica a los procesos en los que los partidos políticos vayan en coalición.
De acuerdo con la propuesta, ninguna persona podrá registrarse como candidato a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral; y tampoco podrá ser candidato para un cargo federal de elección popular y simultáneamente para otro de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales.
Si el registro para el cargo de la elección federal ya estuviera hecho, se procederá a la cancelación automática del registro respectivo.
Se incluyó la facultad exclusiva del Congreso de la Unión a emitir, mediante el proceso legislativo establecido en la Constitución, las normas que regulan el proceso de postulación de candidaturas, la cual constituye la reserva de dicha materia que no podrá ser regulada, contrariada o modificada, por otras del carácter secundario, como acuerdos lineamientos o reglamentos, que por jerarquía normativa se encuentran subordinados a la ley.
El senador Napoleón Gómez Urrutia presentó una reserva al artículo 68 de la Ley General de Partidos Políticos, aprobada por el Pleno, la cual establece que, si en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, la Dirección Ejecutiva de Fiscalización advierte que un partido político omitió retener o enterar sus impuestos federales, no podrá ser sancionada la omisión hasta que se decrete por la autoridad hacendaria correspondiente.
Luego de su aprobación en lo general y en lo particular, el dictamen se devolvió con los cambios incorporados a la Cámara de Diputados, para sus efectos constitucionales.