Entra en vigor la prohibición de vapeadores y cigarros electrónicos en México

Agencias

Este viernes 16 de enero entró en vigor la prohibición de vapeadores, cigarrillos electrónicos y todo aparato o sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología para calentar, vaporizar o atomizar sustancias con o sin nicotina.

La prohibición ocurre un día después de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma a la Ley General de Salud.

De acuerdo con el artículo 282, “Queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso.”

La prohibición quedará exenta cuando se trate de consumo y posesión para fines distintos a los señalados.

También quedan prohibidos los actos de comercialización, publicidad o propaganda para el consumo de cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.

Es importante mencionar que las autorizaciones sanitarias relacionadas con los productos ya mencionados, que se hayan otorgado previo al decreto quedarán sin efectos.

 Darán cárcel a quien incumpla prohibición de vapeadores

La violación de las nuevas disposiciones en materia de cigarros electrónicos y vapeadores podría conllevar una pena en prisión.

Se prevén entre 1 y 8 años de cárcel, así como una multa de entre 100 y 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 11 mil 314 y 226 mil 280 pesos.